Solicitud de Vacaciones para Vigilantes de Seguridad
Genera tu solicitud oficial de vacaciones en 2 minutos. 100% conforme al artículo 57 del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad Privada 2026-2030.
- Legal y válido - Basado en el BOE-A-2026-8569
- Cálculo automático - De días naturales
- Hasta 4 períodos - En una sola solicitud
- Incluye recepción - Espacio para firma de empresa
¿Qué incluye la solicitud?
Todo lo que necesitas en un solo documento
Cálculo Automático de Días
El sistema calcula automáticamente los días naturales de cada período. Puedes solicitar hasta 4 períodos diferentes en una misma solicitud.
100% Conforme al Convenio
Basado en el artículo 57 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad. Incluye todas las referencias legales necesarias.
Sección de Recepción
Incluye espacio para que la empresa registre la fecha de recepción, nombre del receptor y firma con sello. Protección legal para el trabajador.
Descarga en PDF
Descarga tu solicitud en PDF profesional listo para imprimir.
Vacaciones en Seguridad Privada
Lo que dice el Convenio Colectivo
Derecho a vacaciones
Según el artículo 57 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad 2026-2030, todos los trabajadores del sector tienen derecho a:
- 31 días naturales de vacaciones anuales retribuidas (proporcional si llevas menos de un año en la empresa)
- El calendario se fija por turno rotativo, acordado entre la empresa y el Comité de Empresa o Delegados de Personal
- El cuadro de vacaciones debe fijarse con una antelación mínima de 2 meses al inicio del período anual
- Si coinciden con una incapacidad temporal, puedes disfrutarlas en otra fecha
Importante: Antelación de 2 meses
El convenio establece que las vacaciones deben solicitarse con un mínimo de 2 meses de antelación a la fecha de inicio. Esto significa:
- Para vacaciones en agosto, solicita antes del 1 de junio
- Para vacaciones en verano 2027, solicita antes del 1 de mayo de 2027
- Planifica con tiempo para evitar problemas con la empresa
¿Cuándo se pueden disfrutar?
El convenio no fija un calendario único para todo el sector: cada empresa establece su turno rotativo de vacaciones, acordado con el Comité de Empresa o Delegados de Personal, fijando el cuadro con 2 meses de antelación al inicio del período anual.
- Si tus vacaciones coinciden con una baja por embarazo, parto o lactancia, tienes derecho a disfrutarlas en otra fecha, aunque haya terminado el año natural
- Si coinciden con otra incapacidad temporal que te impida disfrutarlas, puedes hacerlo al finalizar la baja, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se originaron
Consulta el calendario de vacaciones de tu empresa para conocer las fechas exactas que te corresponden.
Crea tu solicitud en 3 pasos
Rápido, fácil y completamente gratis
Completa tus datos
Nombre, DNI, empresa, servicio y año de las vacaciones. Campos prevalidados para evitar errores.
Selecciona tus períodos
Elige las fechas con el calendario. El sistema calcula automáticamente los días naturales. Añade hasta 4 períodos.
Descarga y entrega
Descarga tu solicitud en PDF, imprímela, fírmala y entrégala a tu empresa. ¡Listo!
Preguntas Frecuentes
sobre la solicitud de vacaciones
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