Solicitud de Vacaciones para Vigilantes de Seguridad

Genera tu solicitud oficial de vacaciones en 2 minutos. 100% conforme al artículo 57 del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad Privada 2026-2030.

  • Legal y válido - Basado en el BOE-A-2026-8569
  • Cálculo automático - De días naturales
  • Hasta 4 períodos - En una sola solicitud
  • Incluye recepción - Espacio para firma de empresa
Solicitud de vacaciones vigilante

¿Qué incluye la solicitud?

Todo lo que necesitas en un solo documento

Cálculo Automático de Días

El sistema calcula automáticamente los días naturales de cada período. Puedes solicitar hasta 4 períodos diferentes en una misma solicitud.

100% Conforme al Convenio

Basado en el artículo 57 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad. Incluye todas las referencias legales necesarias.

Sección de Recepción

Incluye espacio para que la empresa registre la fecha de recepción, nombre del receptor y firma con sello. Protección legal para el trabajador.

Descarga en PDF

Descarga tu solicitud en PDF profesional listo para imprimir.

Vacaciones en Seguridad Privada

Lo que dice el Convenio Colectivo

Derecho a vacaciones

Según el artículo 57 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad 2026-2030, todos los trabajadores del sector tienen derecho a:

  • 31 días naturales de vacaciones anuales retribuidas (proporcional si llevas menos de un año en la empresa)
  • El calendario se fija por turno rotativo, acordado entre la empresa y el Comité de Empresa o Delegados de Personal
  • El cuadro de vacaciones debe fijarse con una antelación mínima de 2 meses al inicio del período anual
  • Si coinciden con una incapacidad temporal, puedes disfrutarlas en otra fecha

Importante: Antelación de 2 meses

El convenio establece que las vacaciones deben solicitarse con un mínimo de 2 meses de antelación a la fecha de inicio. Esto significa:

  • Para vacaciones en agosto, solicita antes del 1 de junio
  • Para vacaciones en verano 2027, solicita antes del 1 de mayo de 2027
  • Planifica con tiempo para evitar problemas con la empresa
Consejo: Imprime siempre 2 copias y pide a la empresa que selle y firme ambas para quedarte con una como justificante.

¿Cuándo se pueden disfrutar?

El convenio no fija un calendario único para todo el sector: cada empresa establece su turno rotativo de vacaciones, acordado con el Comité de Empresa o Delegados de Personal, fijando el cuadro con 2 meses de antelación al inicio del período anual.

  • Si tus vacaciones coinciden con una baja por embarazo, parto o lactancia, tienes derecho a disfrutarlas en otra fecha, aunque haya terminado el año natural
  • Si coinciden con otra incapacidad temporal que te impida disfrutarlas, puedes hacerlo al finalizar la baja, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se originaron

Consulta el calendario de vacaciones de tu empresa para conocer las fechas exactas que te corresponden.

Crea tu solicitud en 3 pasos

Rápido, fácil y completamente gratis

1

Completa tus datos

Nombre, DNI, empresa, servicio y año de las vacaciones. Campos prevalidados para evitar errores.

2

Selecciona tus períodos

Elige las fechas con el calendario. El sistema calcula automáticamente los días naturales. Añade hasta 4 períodos.

3

Descarga y entrega

Descarga tu solicitud en PDF, imprímela, fírmala y entrégala a tu empresa. ¡Listo!

Preguntas Frecuentes

sobre la solicitud de vacaciones

Según el Convenio Colectivo de Seguridad Privada, te corresponden 31 días naturales de vacaciones anuales retribuidas. Si llevas menos de un año trabajando, se calcula proporcionalmente (2.58 días por mes trabajado).

El convenio establece una antelación mínima de 2 meses a la fecha de inicio de las vacaciones. Sin embargo, tu empresa puede tener políticas internas más estrictas. Consulta con tu responsable de RRHH.

El convenio no fija un número de períodos: el calendario de vacaciones se establece por turno rotativo, acordado entre la empresa y el Comité de Empresa o Delegados de Personal. Consulta con tu empresa si es posible dividir tus vacaciones. Nuestra herramienta te permite reflejar hasta 4 períodos distintos en una misma solicitud.

Si has cumplido con la antelación de 2 meses y la empresa las deniega sin causa justificada, puedes contactar con tu comité de empresa o sindicato. Es importante tener el justificante de entrega de la solicitud (por eso recomendamos imprimir 2 copias y que te sellen una).

Por norma general, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural al que corresponden, según el turno fijado por tu empresa. La excepción es si coinciden con una incapacidad temporal: en ese caso, el convenio te permite disfrutarlas más adelante, incluso pasado el año natural, hasta 18 meses después del final del año en que se originaron.

Son días naturales, es decir, se cuentan todos los días incluyendo sábados, domingos y festivos. 31 días naturales equivalen aproximadamente a 22 días laborables.

Depende de tu empresa. Lo recomendable es hablarlo con tu responsable lo antes posible y, si aceptan el cambio, generar una nueva solicitud con las fechas actualizadas.

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