Cambio y Cobertura de Turno para Vigilantes

Solicita el cambio de turno con otro compañero o que te cubran un servicio específico. 100% conforme al Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad Privada 2023-2026.

  • Intercambio entre compañeros - Acuerdo mutuo
  • Aprobación empresarial - Necesaria para validez
  • Sin afectar retribución - Mantiene tus condiciones
  • Incluye recepción - Espacio para firma de empresa
Cambio de turno vigilante

Cambio de Turno en Seguridad Privada

Qué debes saber según el Convenio Colectivo

¿Qué es un cambio o cobertura de turno?

El cambio o cobertura de turno puede darse de dos formas:

  • Intercambio mutuo: Dos trabajadores acuerdan permutar sus servicios, turnos o jornadas de trabajo
  • Cobertura simple: Un trabajador no puede asistir a su turno y otro compañero lo cubre en su lugar

Es una práctica habitual en el sector de la seguridad privada debido a la naturaleza del trabajo en turnos rotativos.

Aunque el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad 2023-2026 no regula específicamente los cambios de turno, está permitido siempre que:

  • Exista acuerdo mutuo entre ambos trabajadores
  • La empresa lo apruebe y autorice
  • Se respeten las condiciones laborales de ambos trabajadores
  • No afecte a la cobertura del servicio
  • El trabajador sustituto esté cualificado para el servicio a cubrir

Requisitos para el cambio de turno

Para que un cambio de turno sea válido, debe cumplir los siguientes requisitos:

Requisitos obligatorios:
  • Acuerdo entre trabajadores: Ambos deben estar de acuerdo
  • Autorización de la empresa: La empresa debe aprobar el cambio
  • Misma categoría profesional: Generalmente entre vigilantes del mismo nivel
  • Capacitación adecuada: Ambos deben estar cualificados para el servicio
Recomendaciones:
  • Antelación suficiente: Comunicarlo con tiempo al responsable
  • Por escrito: Solicitud formal firmada por ambos
  • Especificar detalles: Fecha, turno, servicio concreto
  • Guardar justificante: Copia sellada de la aprobación

Aspectos importantes a considerar

La empresa puede denegar el cambio si considera que:
  • Afecta negativamente a la organización del servicio
  • Uno de los trabajadores no está cualificado para el servicio solicitado
  • Puede generar conflictos de interés o problemas operativos
  • No se ha comunicado con la antelación suficiente
Aspectos laborales:
  • No afecta a la retribución: Cada trabajador cobra según su turno realizado
  • Responsabilidad individual: Cada uno responde por su turno efectivamente trabajado
  • Derechos sindicales: Se mantienen los derechos de representación
  • Seguridad Social: La cotización se realiza según el trabajo efectivo
Limitaciones frecuentes:
  • Algunas empresas establecen un número máximo de cambios al mes
  • Puede haber restricciones en servicios de alta seguridad o sensibles
  • No suelen permitirse cambios en períodos de máxima actividad (Navidad, eventos)
  • Consulta el protocolo interno de tu empresa sobre cambios de turno

¿Qué NO es un cambio de turno?

No confundas el cambio de turno con otras situaciones:

  • Modificación de jornada: Cambio permanente de horario o turno (requiere procedimiento específico)
  • Permiso retribuido: Ausencia justificada que no requiere sustitución acordada
  • Libre disposición: Día de asuntos propios del artículo 55
  • Vacaciones: Período de descanso anual regulado por el artículo 57
  • Cesión de turno unilateral: Debe haber acuerdo mutuo, no imposición

Cómo Solicitar un Cambio de Turno

Paso a paso para un cambio exitoso

1

Acuerdo Mutuo

Habla con tu compañero y llegad a un acuerdo sobre qué turnos intercambiar.

2

Generar Solicitud

Completa el formulario con los datos de ambos trabajadores y los turnos.

3

Firmar Ambos

Imprime el documento y que ambos trabajadores lo firmáis.

4

Presentar a RRHH

Entrega la solicitud a tu responsable o RRHH para su aprobación.

Consejo: Presenta la solicitud con la máxima antelación posible (al menos 48-72 horas antes del turno) para facilitar la gestión a tu empresa. En algunos servicios críticos puede requerirse incluso más tiempo.

Preguntas Frecuentes

Resuelve tus dudas sobre el cambio de turno

SÍ. La empresa tiene potestad organizativa y puede denegar un cambio de turno si considera que afecta al servicio, no se ha solicitado con suficiente antelación, o si alguno de los trabajadores no está cualificado para el servicio a cubrir. La aprobación empresarial es imprescindible para que el cambio sea válido.

NO necesariamente. En la mayoría de casos, el cambio de turno es un acuerdo entre compañeros que la empresa autoriza por mera organización. No suele ser necesario justificar el motivo, aunque algunas empresas pueden pedirlo en sus protocolos internos. Es más importante que el cambio no afecte al servicio.

SÍ. Cobras según el turno que efectivamente realices. Si cambias tu turno de día por uno de noche, cobrarás el plus nocturno correspondiente según el convenio. Del mismo modo, si cedes un turno nocturno y coges uno de día, perderás ese plus. Cada trabajador cobra según su trabajo efectivo.

Aunque el convenio no establece un plazo específico, se recomienda solicitarlo con al menos 48-72 horas de antelación. En servicios críticos o de alta seguridad, algunas empresas requieren hasta una semana. Consulta el protocolo interno de tu empresa. Cuanta más antelación, más fácil será la aprobación.

Generalmente , siempre que:
  • Ambos tengáis la misma categoría profesional (vigilante con vigilante)
  • Estéis cualificados para los servicios a intercambiar
  • La empresa lo autorice
  • No afecte a la organización del trabajo
En algunos casos, puede haber restricciones por servicios especiales o clientes específicos.

Si el cambio fue aprobado por la empresa, tu compañero es el responsable de cubrir ese turno. Si no se presenta, es falta de asistencia suya, no tuya. Sin embargo, si el cambio no fue autorizado formalmente y faltáis ambos, podéis tener problemas. Por eso es IMPRESCINDIBLE tener la autorización por escrito.

Depende de cada empresa. El convenio colectivo no establece un límite, pero muchas empresas tienen políticas internas que limitan los cambios (por ejemplo, 2-4 al mes). Consulta con tu responsable o departamento de RRHH cuál es la política de tu empresa.

SÍ, es altamente recomendable. Aunque legalmente no sea estrictamente obligatorio, hacerlo por escrito te protege a ti y a tu compañero. Sirve como prueba de que:
  • Hubo acuerdo mutuo entre ambos trabajadores
  • La empresa autorizó el cambio
  • Quedaron claros los turnos intercambiados
Sin documento escrito, pueden surgir malentendidos o problemas disciplinarios.

También te puede interesar

Solicitud de Vacaciones

Genera tu solicitud oficial de vacaciones con cálculo automático de días

Ver más

Permisos Retribuidos

13 tipos de permisos sin descuento de sueldo

Ver más

Todos los impresos

Descubre todos los documentos disponibles

Ver todos

¿Listo para solicitar tu cambio o cobertura de turno?

Genera tu solicitud oficial en 2 minutos. 100% gratis y profesional.

Registrarse gratis Ya tengo cuenta

Utilizamos cookies propias necesarias, y otras de terceros para ofrecerte una mejor experiencia en nuestra web.
Las cookies de terceros son de Google Analytics y recopilan información anónima de uso que nos sirve para mejorar el diseño de la web. Puedes aprender más sobre que cookies utilizamos o desactivarlas en los ajustes

Aceptar todo Ajustes